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Avanza Profepa en rescatar el Río Atoyac-Zahuapan, en Tlaxcala

Han sido visitados 20 de los 38 municipios notificados.

* Acción Colectiva Difusa promovida para atender la problemática de la contaminación del Río Atoyac-Zahuapan, dada a conocer por el Procurador Guillermo Haro Bélchez en el mes de febrero

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) a fin de realizar acciones para el cuidado del medio ambiente, específicamente para frenar el daño al Río Atoyac-Zahuapan, inició una Acción Colectiva Difusa ante el Juzgado de Tercero de Distrito, del Vigésimo Octavo de Circuito, en contra de 38 municipios del estado de Tlaxcala.

El objetivo de la Acción Colectiva Difusa promovida por la PROFEPA, es exigir la reparación del daño ocasionado al recurso hídrico referido, debido a las descargas de aguas residuales de origen municipal que no son tratadas o que se tratan de manera inadecuada, tomando como base fundamental las obligaciones que tienen los municipios para el cuidado del medio ambiente en materia de descargas de agua.

Es importante recalcar que en fecha 08 de septiembre de 2015 el Juzgado Tercero de Distrito en el estado de Tlaxcala, declaró concluida la etapa de certificación de la acción colectiva, determinando cumplidos los requisitos formales exigidos por la ley. En consecuencia, admitió la demanda de acción colectiva, emplazando a los 38 municipios para que el término 15 días dé contestación a la demanda.

El día 13 de octubre del año en curso, mediante comparecencia ante el Juzgado de Distrito que conoce, se ratificó la demanda interpuesta en contra de los municipios demandados.

En el mes de febrero en conferencia de prensa, el titular de la PROFEPA, Guillermo Haro Bélchez, dio a conocer que se emitieron 60 recomendaciones a 38 municipios de Tlaxcala y 22 de Puebla, para que se tomen medidas ante el alto índice de contaminación que presenta el Río Atoyac, derivado del desarrollo de la industria y la urbanización en Tlaxcala en el que se ha documentado que con el paso de los años se han provocado serios problemas de contaminación a este cuerpo receptor de aguas.

Asimismo, se dio a conocer el avance de la atención a la problemática ambiental y de salud de dicho afluente, al destacar que ninguno de los 31 municipios por los que recorre el mismo, cuentan con plantas de tratamiento de aguas residuales, lo que genera que se viertan directamente a las aguas del Río Atoyac desechos de distinto origen, así como sustancias consideradas peligrosas.

El Procurador Haro Bélchez refirió que a lo largo de 200 kilómetros del río se vierten 146.3 toneladas diarias de materia orgánica, 62.8 toneladas de sólidos suspendidos y 14.7 toneladas de nutrientes conformados por materia orgánica, principalmente.

También recibe al día 0.14 toneladas de metales pesados como plomo, cromo, cadmio, cobre, mercurio, níquel y zinc, así como 0.09 toneladas de compuestos orgánicos tóxicos, además de contaminación microbiológica variada por las descargas residuales provenientes de procesos industriales y asentamientos humanos.

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece que la Federación, los estados y municipios ejercerán sus atribuciones de manera concurrente en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente conforme a sus competencias.

La distribución de facultades a los municipios se orienta principalmente conforme a los criterios ecológicos que deberán observarse en la prevención y control de la contaminación del agua y los ecosistemas acuáticos, previstos en dicho ordenamiento jurídico.

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