OPINIÓN

Réplica al sínodo en el proceso de la CEDH

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Martes, Febrero 2, 2016

El sínodo que calificó a los aspirantes a la Comisión Estatal de Derechos Humanos, hizo gala, en mi parecer, de un despliegue cargado de tecnicismos jurídicos y con preguntas que no tenían nada que ver con las funciones propias de un Consejero y en el caso de la presidencia, sin aterrizaje a las problemáticas de derechos humanos que enfrenta Tlaxcala. Tal parecía que la consigna era declarar desierta la convocatoria desde un inicio.

Levantó un acta que se leyó después en el Pleno del Congreso del Estado con estas afirmaciones, entre otras: “Por unanimidad de votos este sínodo considera que… ninguno de ellos cuenta con los conocimientos suficientes y necesarios en materia de derechos humanos para desempeñar de manera eficaz, eficiente y responsable el cargo de presidente de la CEDH de Tlaxcala, en virtud de que… dieron respuestas deficientes, con criterios obsoletos y opiniones poco convincentes… por lo tanto no cumplen con los requisitos de idoneidad para el cargo de presidente de la CEDH de Tlaxcala”.

El sínodo califica a todos los aspirantes de igual manera, sin distinción alguna. Lo que falta a toda ética profesional, puesto que cualquier criterio de evaluación debe ser sustentado, otorgando al evaluado una razón suficiente y unipersonal sobre el resultado que se le otorga y definiendo los parámetros con los que se va a calificar.

En mi caso, a las preguntas del doctor Marco Sergio Santillana sobre la razón por la que concursaba en este proceso, respondí que lo que se quiere es autonomía de la CEDH, con ejemplos de los casos de tortura y abuso de autoridad por parte de elementos de la PGJE y de elementos de seguridad del gobernador que no han tenido investigación o recomendaciones, como tantos otros. Del mismo modo se hizo el señalamiento de la necesidad de que la CEDH rinda cuentas a la ciudadanía y no al gobernador como ha sucedido en el último informe del actual Presidente de la CEDH.

También preguntó sobre cómo hacer para que se agilicen las recomendaciones el modelo de investigación e integración de las quejas y recomendaciones en las visitadurías. Respondí que un caso de derechos humanos no debe ser investigado como un caso penal, pues requiere de poner en el centro de la investigación a la víctima con un enfoque interdisciplinario y no con un enfoque que trate de encuadrar la conducta del perpetrador a un tipo penal para buscar su castigo. Este elemento es de suma importancia en derechos humanos para la búsqueda de la verdad, pues independientemente de que la conducta del perpetrador esté o no tipificada en los códigos penales, los recursos del derecho internacional, criterios jurisprudenciales y el nuevo bloque de constitucional otorgan la posibilidad a las víctimas de utilizar diversos instrumentos jurídicos para la reparación del daño y las garantías de no repetición.

La maestra Claudia Fuentes preguntó si conocía un instrumento de evaluación para liderazgo organizacional y qué utilidad le daría, así como los métodos que utilizaría para selección de personal; respondí que no los conocía, pero que es necesario hacer un diagnóstico administrativo. Tengo claro el perfil de puestos, el flujo de recursos y decisiones que debe haber en el organigrama y los indicadores básicos de desempeño. Tarea de una buena dirección administrativa sería proponer el método para seleccionar el personal de acuerdo a estos elementos sustantivos.

El doctor Jiménez Ruíz preguntó si se contrataría visitadores por recomendación o por méritos, y si había garantía de que no se había negociado con los diputados. Mi respuesta fue categórica: es necesario primero la revisión del desempeño de los actuales visitadores, sus contratos laborales -dada la problemática de laudos laborales que enfrenta la comisión-, y la contratación por méritos en caso de renovación de personal. Afirmé también que no he hablado con ningún diputado/a durante este proceso.

La Dra. Aida Figueroa Bello, presidenta del sínodo, fue particularmente incisiva. Afirmó que yo había dicho que se violentaba la soberanía nacional con la firma de tratados internacionales de derechos humanos. La respuesta fue muy precisa: no, puesto que los instrumentos signados por México en firma, ratificación o reserva tienen un carácter soberano en sí mismos, pues son mandatados y facultados por nuestros propios ordenamientos jurídicos a través del Senado de la República. Volví a precisar que cualquiera de los instrumentos signados por los Estados, si llegan a un determinado número de firmas y ratificaciones establecidos por ellos, forman parte del derecho internacional de los derechos humanos, que para México si los ratifica, con la Reforma de 2011, hacen parte de nuestro derecho interno.

Preguntó también sobre la problemática esencial de cualquier comisión de derechos humanos. Mi respuesta fue: por un lado, autonomía, las comisiones están secuestradas por los partidos políticos y sin garantía de ciudadanización; y por otro, que las recomendaciones sean vinculantes, para que quien sea objeto de la misma en una violación grave de derechos humanos, pueda dejar el puesto para enfrentar cargos por la vía penal. Sería un reto para sostener el prestigio de las comisiones nacional y estatales, pero contribuiría a acabar con la impunidad. Todo ello deseable pero no posible legalmente. La doctora afirmó que “Ojalá que no” y que no solo era su opinión, sino un sentir ciudadano. Es un debate, no sólo jurídico sino multidisciplinario, pero que en nada atañe a las funciones actuales de la Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, puesto que tiene que ceñirse a lo posible en el marco de la Reforma de 2011 y a lo dispuesto en los ordenamientos legales locales.

Estos son los criterios y opiniones que le parecieron poco convincentes y obsoletos al sínodo. ¿Quiere decir que el sínodo piensa que la CEDH no debe ser autónoma, que los tratados internacionales de derechos humanos violentan la soberanía nacional y que los visitadores deben ser nombrados por recomendación?  ¿Y piensa también que en México no debiera acabarse con la impunidad, que está bien que los partidos políticos y una élite de funcionarios públicos secuestren a las comisiones estatales de derechos humanos y sus procesos de renovación? ¿Acaso piensa el sínodo que el seguimiento de una investigación en materia de derechos humanos debe seguirse únicamente con los criterios del derecho penal, sin seguir los lineamientos que otorga el bloque de constitucionalidad?

El sínodo sugiere desechar el proceso, sin conocer la convocatoria, las entrevistas anteriores, los currículums de los aspirantes, las propuestas de trabajo y cartas de motivos y el respaldo real de las organizaciones de la sociedad civil a cada cual.  Alguien me preguntó: ¿Hubo algún interés por declarar desierta la convocatoria, desprestigiar a los candidatos que participaron y proteger a quienes no se presentaron? La evidencia podría ser del dominio público si se publicaran las entrevistas y las cartas de apoyo de las organizaciones que respaldan a cada aspirante en la página del Congreso.

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