Bajo la óptica de los derechos humanos, la salud ha tenido otra dimensión, avances y relevancia en los últimos años, desde el planteamiento del derecho a la salud, y cuyo contenido está plasmado en diversas declaraciones, convenios y pactos de derechos humanos, en el ámbito internacional a partir de mediados del siglo XX.
El derecho a la salud pertenece a los derechos de segunda generación, los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, cuyo estándar máximo es el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
El Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, organismo también adscrito a ONU, fue creado para la promoción y vigilancia del cumplimiento del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que en 2000 amplía, a través de Observaciones Generales, los derechos reconocidos en cada uno de los artículos que lo conforman, como son el derecho a una vivienda adecuada, a la alimentación, a la salud, al agua, a la educación, entre otros.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y las Comisiones Estatales de Derechos Humanos, han sido una de las opciones para las personas que han sido víctimas de alguna violación del derecho a la salud, en virtud que queda visible la distancia que existe entre los avances del contenido jurídico del derecho a la salud plasmado en pactos, convenios y constituciones, y las posibilidades reales del cumplimiento, respeto y garantía de dicho derecho hacia la población.
En este sentido, la participación del estado de Tlaxcala es central, ya que juega un papel importante en la garantía del derecho a la salud a través del diseño y la implementación de políticas sociales, así como en la creación de mecanismos para hacer exigible y justiciable este derecho. En esto la participación activa de la población y la sociedad civil organizada se vuelve necesaria.
De aquí la importancia de resaltar y realizar trabajos más empíricos, locales y comunitarios, que permitan abordar e identificar las posibilidades de la acción social y política para la exigibilidad del derecho a la salud como vías para presionar la obligatoriedad jurídica del Estado, que él mismo ha asumido al firmar y ratificar los estándares internacionales de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, donde se encuentra el derecho a la salud
Por lo anterior, es de suma importancia tener en cuenta dos elementos jurídicos e importantes como son la exigibilidad y justiciabilidad del derecho a la salud, en virtud que se trata de un derecho que implica tener por objetivo, que el Estado cumpla con las obligaciones a las que se ha comprometido y la posibilidad de reclamar ante un juez o tribunal de justicia el cumplimiento de las obligaciones que se derivan del derecho.
Como conclusión, es un reto de trabajo que genere la participación social o comunitaria, es decir, que se pueda exigir un derecho que le corresponde y que puedan obtener respuestas a sus demandas de parte de las instituciones públicas, sea de nivel municipal, estatal, nacional e internacional.
* Encargado de la Cuarta Visitaduría General de la Comisión Estatal de Derechos Humanos