OPINIÓN

El derecho a la salud en México, dentro del marco de los estándares internacionales de los derechos humanos

Óptica DH

Rafael Hernández Hernández

Encargado de la Cuarta Visitaduría General de la Comisión Estatal de Derechos Humanos

 

Lunes, Abril 18, 2016

Bajo la óptica de los derechos humanos, la salud ha tenido otra dimensión, avances y relevancia en los últimos años, desde el planteamiento del derecho a la salud, y cuyo contenido está plasmado en diversas declaraciones, convenios y pactos de derechos humanos, en el ámbito internacional a partir de mediados del siglo XX.

 

El derecho a la salud pertenece a los derechos de segunda generación, los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, cuyo estándar máximo es el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

 

El Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, organismo también adscrito a ONU, fue creado para la promoción y vigilancia del cumplimiento del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que en 2000 amplía, a través de Observaciones Generales, los derechos reconocidos en cada uno de los artículos que lo conforman, como son el derecho a una vivienda adecuada, a la alimentación, a la salud, al agua, a la educación, entre otros.

 

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y las Comisiones Estatales de Derechos Humanos, han sido una de las opciones para las personas que han sido víctimas de alguna violación del derecho a la salud, en virtud que queda visible la distancia que existe entre los avances del contenido jurídico del derecho a la salud plasmado en pactos, convenios y constituciones, y las posibilidades reales del cumplimiento, respeto y garantía de dicho derecho hacia la población.

 

En este sentido, la participación del estado de Tlaxcala es central, ya que juega un papel importante en la garantía del derecho a la salud a través del diseño y la implementación de políticas sociales, así como en la creación de mecanismos para hacer exigible y justiciable este derecho. En esto la participación activa de la población y la sociedad civil organizada se vuelve necesaria.

 

De aquí la importancia de resaltar y realizar trabajos más empíricos, locales y comunitarios, que permitan abordar e identificar las posibilidades de la acción social y política para la exigibilidad del derecho a la salud como vías para presionar la obligatoriedad jurídica del Estado, que él mismo ha asumido al firmar y ratificar los estándares internacionales de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, donde se encuentra el derecho a la salud

 

Por lo anterior, es de suma importancia tener en cuenta dos elementos jurídicos e importantes como son la exigibilidad y justiciabilidad del derecho a la salud, en virtud que se trata de un derecho que  implica tener por objetivo, que el Estado cumpla con las obligaciones a las que se ha comprometido y  la posibilidad de reclamar ante un juez o tribunal de justicia el cumplimiento de las obligaciones que se derivan del derecho.

 

Como conclusión, es un reto de trabajo que genere la participación social o comunitaria, es decir, que se pueda exigir un derecho que le corresponde y que puedan obtener respuestas a sus demandas de parte de las instituciones públicas, sea de nivel municipal, estatal, nacional e internacional.

 

* Encargado de la Cuarta Visitaduría General de la Comisión Estatal de Derechos Humanos

 

 

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