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El pasado 12 de enero, el gobernador del Estado de Nueva York anunció que su administración proporcionará apoyos a inmigrantes que hayan sido víctimas de robo de salarios o abusos físicos por parte de sus empleadores.
De acuerdo al anuncio hecho por el gobernador Andrew Cuomo, el Departamento de Labor estatal patrocinarán visas para inmigrantes indocumentados que hayan sido víctimas de violaciones a la ley laboral.
Estas son excelentes noticias para miles de inmigrantes indocumentados que laboran, principalmente en el área de servicios, y en particular en pequeños negocios, donde los abusos laborales son desgraciadamente muy frecuentes.
Sin embargo, este beneficio no proviene únicamente de una decisión política, ni de la legislación estatal, sino de la comúnmente llamada “Visa U” (la cual técnicamente no es una visa, sino un estatus migratorio), es decir, una legislación migratoria federal que proviene del año 2000 y que no fue reglamentada hasta el año 2008, y que continúa en desarrollo.
Esta legislación migratoria estadounidense creo una nueva clasificación migratoria para aquellas personas que se encuentren de forma indocumentada y que hayan sido víctimas de delitos con el propósito de facilitar la denuncia, investigación y la persecución de crímenes como tráfico, explotación y abusos que normalmente no serían perseguidos ni investigados por el miedo de las víctimas a denunciar, dado su situación indocumentada.
De forma muy general, las personas que califican para el estatus migratorio U son aquellas que:
- Hayan sido víctimas de abuso severo como resultado de actividad criminal
- Cuenten con información sobre la actividad criminal de la cual fueron víctimas
- Hayan cooperado o vayan a cooperar con la investigación o persecución de la actividad criminal
- Hayan recibido una certificación de una autoridad estadounidense que esté investigando y persiguiendo la actividad criminal
- Que la actividad criminal involucre uno de los 26 delitos enlistados en esta legislación, como por ejemplo, tráfico, violación, abuso sexual, prostitución, secuestro, o violencia doméstica.
Sin embargo, el término “actividad criminal” es un concepto que se encuentra en expansión. Un buen ejemplo son las medidas implementadas por el gobierno de Nueva York, ya que pretenden incluir el robo de salarios y abusos físicos graves en contra de trabajadores radicados en el estado dentro del término “actividad criminal”.
Por otra parte, el Departamento de Labor del Estado de Nueva York podrá proporcionar “una certificación” a víctimas de esta “actividad criminal” con la finalidad de que obtengan estatus migratorio a través de la “Visa U”. La certificación, es una formalidad de establecida en la legislación migratoria federal que requiere que la autoridad que investiga o investigó el delito constate que la víctima proporcionó información útil y cooperó durante la investigación.
Esta política pretende proteger a miles de inmigrantes indocumentados que temen acercarse al Departamento de Labor estatal a denunciar. Muchos delitos cometidos en el ámbito laboral, y sobre todo, cometidos por los empleadores, no son denunciados por inmigrantes indocumentados por el miedo no solo a perder el empleo, sino también por el miedo “a ser deportados si se acercan a la policía denuncia un delito”.
No hay cosa más falsa: la policía no puede deportar a alguien por denunciar un delito. Sin embargo, este miedo ha sido alimentado por empleadores sin escrúpulos que frecuentemente amenazan al trabajador con “llamarle a la migra” si se atreven a decir algo.
Esperemos que esta nueva política del gobierno newyorkino reduzca de forma importante esta práctica abusiva de los empleadores e incentive la denuncia por parte de inmigrantes indocumentados a cambio de obtener un beneficio migratorio.
Para aprender más sobre temas relacionados a la visa U visite el portal del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés): http://www.uscis.gov/es/programas-humanitarios/victimas-de-la-trata-de-personas-y-de-otros-crimenes/victimas-de-actos-criminales-estatus-u-de-no-inmigrante
Y para información sobre derechos laborales en el estado de Nueva York, visite el portal del Departamento de Labor: http://www.labor.ny.gov/immigrants/service.shtm
La información contenida en este artículo no puede ser interpretada como asesoría legal por parte de un abogado. En caso de que usted conozca a alguien que se encuentre en esta situación, recomiéndele que se acerque a un abogado especializado en derecho migratorio o a alguna organización de apoyo a migrantes en su comunidad.
Miguel Medrano
E-mail: [email protected]