Todos los actos de la autoridad electoral son para dar certeza o restársela al proceso electoral que está en curso. Por ello deben apegarse estrictamente a derecho y no buscar interpretar la ley decantándola a favor de alguno de los actores políticos porque eso sólo llevará a los tribunales a quienes sientan sus derechos violados.
No abona nada a la actuación del órgano electoral las actitudes del jefe del ejecutivo que continúa repartiendo cobijas y realizando giras para promocionar a sus candidatos. Esto es una acto a todas luces ilegal ya que un actor que no debería estar activo causa doble daño, por un lado hace ver ineficiente al Consejo General del ITE y por otro, suma su desprestigio a los candidatos priistas débiles de origen.
De igual forma, los criterios deferentes para actos iguales los debilita. Por qué tuvo que emitir un comunicado el ITE, para prejuzgar antes de los plazos legales, que unos partidos cumplieron y otros no en el registro de candidaturas comunes cuando este es trabajo de la comisión y el pleno. A qué le tuvieron miedo o qué instrucción estaban cumpliendo.
Tal como están los hechos la percepción es simple, los señores y señoras consejeros tienen consigna para apoyar al PRI, no dejar llegar al PAC y poner obstáculos a todos los demás. Lo comento por la absurda manera como postergaron el tema de la plataforma del PAC vinculándola, cuando no tiene nada que ver una con otra, a la dirigencia del partido.
En política lo que se percibe es. Cada acto del órgano electoral que no esté debidamente argumentado en base a la ley, que no se entiende cuando están los más calificados en el tema según el INE, cada error de comunicación que tampoco se justifica estando dos comunicadoras con experiencia en temas electorales como Elizabeth González y Lorena Temoltzín abonan al desprestigio e incredulidad de los actores en el Consejo General del ITE.
Esta es ya una elección competitiva, los partidos políticos y sus candidatos para cada una de las las elecciones están preparados, pero también tiene presente el yerro comunicativo de Ugalde y sus efectos el la credibilidad de la elección. Pero no olvidemos que este proceso por regla se puede solicitar que él INE tome las riendas del proceso con lo que los consejeros del órgano electoral local serían solo observadores.
Ante la duda no hay duda. Los principios rectores del INE y por consiguiente del ITE son:
Legalidad: En el ejercicio de las atribuciones y el desempeño de las funciones que tiene encomendadas, el Instituto debe observar escrupulosamente el mandato constitucional que las delimita y las disposiciones legales que las reglamenta.
Independencia: Es la garantía y atributos de que disponen los órganos y autoridades que conforman la Institución para que sus procesos de deliberación y toma de decisiones se den con absoluta libertad y respondan única y exclusivamente al imperio de la ley, afirmándose su total independencia respecto a cualquier poder establecido.
Imparcialidad: En el desarrollo de sus actividades, todo el personal del Instituto Nacional Electoral debe reconocer y velar permanentemente por el interés de la sociedad y por los valores fundamentales de la democracia, supeditando a éstos, de manera irrestricta, cualquier interés personal o preferencia política.
Máxima Publicidad:Todos los actos y la información en poder del Instituto Nacional Electoral son públicos y sólo por excepción se podrán reservar en los casos expresamente previstos por las leyes y justificados bajo determinadas circunstancias.
Objetividad:La objetividad implica un quehacer institucional y personal fundado en el reconocimiento global, coherente y razonado de la realidad sobre la que se actúa y la obligación de percibir e interpretar los hechos por encima de visiones y opiniones parciales o unilaterales, máxime si éstas pueden alterar la expresión o consecuencia del quehacer institucional.
Ojalá los conozcan y los apliquen señores y señoras consejeros.